- Se propone, como medida de apremio, un aseguramiento precautorio de bienes a terceros relacionados, sin precisar con claridad causales de aplicación.
- Se propone extender el domicilio fiscal para verificar comprobantes fiscales a cualquier lugar donde se realicen actividades administrativas de los contribuyentes, sin precisar lo que se entiende por este término.
La reforma fiscal propuesta para el año 2021, aún en revisión por la cámara legislativa, incluye una serie de imprecisiones en supuestos, que con el afán de dar mayores facultades a la autoridad, traslada más incertidumbre legal a los contribuyentes, que pudieran provocar una serie de amparos por acarrear vicios de inconstitucionalidad.
En la propuesta relacionada con el artículo 40 del Código Fiscal de la Federación (CFF) donde se identifica el concepto de medida de apremio, se extiende a “terceros relacionados” el aseguramiento precautorio de bienes. La inquietud mayor ante este hecho es la imprecisión de quienes son estos terceros relacionados (clientes, proveedores, deudores, acreedores, accionistas, empleados) y las evidencias que puedan consultarse de que ya fueron agotadas las instancias indicadas en la ley para llegar a este acto de molestia.
Adicionalmente, la propuesta de reforma al artículo 49 del CFF define que podrán realizarse revisiones en domicilios donde se realicen actividades administrativas, ante la imprecisión pudieran considerarse casi cualquier proveedor de servicios; sin dejar a un lado que actualmente muchos contribuyentes han trasladado sus actividades administrativas a sus domicilios particulares debido a la situación COVID-19. Esto provocará que dichos domicilios puedan ser considerados para realizar revisiones de la autoridad.
Como consecuencia de estas iniciativas, los contribuyentes tendrán que tomar medidas extremas de verificación de clientes y proveedores, revisar los cumplimientos de obligaciones fiscales para poder iniciar cualquier relación de negocios, instaurar visitas de verificación hacía ellos, entre otras medidas, para disminuir los riesgos.
En algunos otros casos, se extenderá la cantidad de información a solicitar para entablar una relación de negocios, lo que provocará una ralentización de la economía, adicional a la que ya estamos viviendo.
Es comprensible la meta que tiene la autoridad de reducir evasión fiscal de contribuyentes, sin embargo, no debe dejar de lado que la falta de certidumbre jurídica que provocan estas reformas, pueden llevar a aumentos de costos administrativos por parte de contribuyentes, que pudieran ser repercutidos en precios, en una economía golpeada. Además, provocará amparos de defensa conforme se vayan presentando los casos.
Por tanto, se sugiere que la autoridad aclare estas situaciones, en caso de aprobarse, antes de la entrada en vigor.